**El Ministerio de Economía fijó en $ 27.200 millones el techo anual para la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a empresas de servicios públicos que perciben subsidios o compensaciones tarifarias del Estado nacional.** La medida se oficializó mediante la Resolución 1759/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y establece el cupo máximo para recuperar créditos fiscales correspondientes al ejercicio 2025 y saldos de períodos anteriores pendientes.
Además, la norma determina que el sector energético concentrará cerca del 90% de los fondos autorizados, con un cupo específico de $ 24.500 millones. Por su parte, el transporte contará con un límite de $ 2.500 millones, mientras que las restantes actividades dispondrán de $ 200 millones para cubrir sus solicitudes de recupero fiscal.
Asimismo, el régimen alcanza exclusivamente a compañías cuyas tarifas están reducidas por asistencia económica estatal, directa o vía fideicomisos. El esquema permite recuperar créditos originados en compras, importaciones o contratación de obras y servicios destinados a la prestación de la actividad, según lo previsto en la Ley de IVA y el Decreto Reglamentario 692/1998.
Finalmente, el cupo aplicará a solicitudes sobre saldos acumulados cuyo derecho a cómputo se generó durante 2025, así como a ejercicios anteriores no procesados previamente bajo límites máximos vigentes. Con esta resolución, el Gobierno mantiene el mecanismo de asignación anual que aplica desde 2019.




